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Septiembre 2003


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Multan a ocho fabricantes locales de pan por pactar una subida de precio

Los hechos se remontan a diciembre de 2002 y el Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) ha impuesto a cada uno de los obradores imputados una sanción de 3.000 euros

EFE 31-03-05 El Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) ha resuelto que ocho fabricantes de pan de Aranda incurrieron en prácticas que vulneraron la Ley de Defensa de la Competencia al pactar una subida del precio del pan en diciembre de 2002 y ha impuesto a cada uno de ellos una multa de 3.000 euros.

Según la resolución se ha acreditado la existencia de una práctica restrictiva de la competencia por parte de Panadería Cebas, La Espiga, Panadería Panaranda, Panadería Sanz, Panadería La Viena, Panadería La Rosario, Ángel Arrabal y Panificadora Arandina.

El TDC obliga a los imputados a que cesen esta práctica y a que envíen una circular a sus expendedores informándoles de esta resolución, además de ordenar su publicación en el BOE. Establece publicar la parte dispositiva en un diario nacional y en uno provincial, a costa de los infractores, y avisa de que si se incumple impondrá 600 euros de multa por cada día de retraso.

Contra la resolución no cabe recurso en vía administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses.

El Tribunal considera como hechos probados una subida de los precios de los distintos formatos de pan fabricados por las empresas denunciadas, así como en los precios de venta efectuada por los establecimientos revendedores. Señala que los datos y elementos de convicción así aportados llevan a la conclusión de coincidencia de la subida de precios en fechas muy próximas respecto de los formatos de pan vendidos, sin que exista aplicación lógica o natural de la situación así creada en los 16 establecimientos investigados.

El artículo 1 de la Ley de Competencia considera conducta anticompetitiva la que se deriva «de comportamientos que no se explican de manera natural por la propia estructura o condiciones de competencia de mercado y que por esta razón induce a pensar en la existencia de acuerdos tácitos entre los operadores económicos que no pueden ser expresamente probados» y «basta la mera posibilidad de que pueda tener lugar el efecto perturbador sobre el mercado» para que exista infracción.

NO SOLO LA BARRA

El Tribunal de Defensa de la Competencia destaca el número elevado de fabricantes de pan de Aranda de Duero imputados, así como la repercusión negativa en el sector de la distribución de pan por parte de los establecimientos revendedores, «que han seguido las indicaciones de los fabricantes, con el consiguiente resultado anticompetitivo y perjuicio de los consumidores, privados de una competencia efectiva».

Asimismo, añade que es relevante el hecho de que la subida de precios idénticos está referida a los tres formatos de pan, es decir, barra, panete y hogaza.

NOTICIA EXTRAIDA DE DIARIO DE BURGOS

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